Cómo legalizar tu encargo fiduciario

La legalización del encargo fiduciario es un paso muy importante, en el proceso de la compra de tu nuevo inmueble, reafirma que el dinero consignado dentro te la fiducia está a tu nombre, identificándote como propietario del inmueble.

Si aún no sabes cómo legalizar tu encargo fiduciario es muy fácil, sólo debes seguir los siguientes pasos:

1) comunícate con tu asesor a los números (57) (6) 349 97 00 ó al celular (+57) 300 912 03 97

2) agenda una cita para la firma de documentación concerniente al negocio, a esta cita debes llevar los siguientes documentos: (si te falta alguno puedes comunicarte con tu asesor y él te ayudara en el proceso):

IMPORTANTE: los documentos no deben llevar tachones y  se diligencian con lapicero negro. 

PERSONA NATURAL
Si no declara Si declara
1.       3 Fotocopias de cedula ampliadas al 150

2.       Certificado laboral no superior a 30 días (original)

3.       Certificado de ingresos y retención del año anterior (Solo aplica para los 3 primeros meses del año)

4.       Desprendibles de pago o pensión de los últimos 3 meses.

5.       W8-BEN (para clientes residentes fiscales en estados unidos)

1.       3 Fotocopias de cedula ampliadas al 150% con firma y huella

2.       Declaración de renta  que aplique según el país de residencia.

(Icontax, P60, etc.)

3.       W9  (para clientes residentes fiscales en estados unidos)

 

Si es independiente

1.       3 Fotocopias de cedula ampliadas al 150%

2.       Certificado de contador

3.       Fotocopia de tarjeta profesional del contador

4.       Certificación bancaria con Saldo

5.       Estados financieros

6.       W9 (para clientes residentes fiscales en estados unidos)

7.       CRS (para clientes del exterior que no estén obligados a declarar)

 

PERSONA JURIDICA
1.       3 fotocopias de cedula ampliadas al 150%

2.       Estados financieros del año anterior

3.       Certificado de cámara y comercio con una vigencia no superior a 30 días (original)

4.       Declaración de renta

5.       RUT

6.       Composición accionaria de los accionistas de la entidad que sean personas jurídicas con participación superior al 5% .